Auto Supremo AS/0570/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0570/2017

Fecha: 05-Jun-2017

Hace notar que los demandados jamás opusieron excepción o acción para pedir la declinatoria o

Arguye que el Juez de Apelación falsea la verdad al señalar que la cuantía sería indeterminada, cuando en realidad se señaló que la cuantía es de Bs. 70.000.- ya que en ningún momento como empresa demandante renunciaron a la cuantía demandada, por lo que también acusa la mala aplicación del art. 122 de la C.P.E. ya que la causa si es de conocimiento del juez en materia civil.
Hace notar que los demandados jamás opusieron excepción o acción para pedir la declinatoria o inhibitoria de la admisión a la demanda por el Juez de instrucción en lo civil. En este mismo sentido señala que, si bien los demandados interpusieron incidente de nulidad por falta de competencia empero esta habría sido rechazada y dicha Resolución no habría sido objeto de apelación o impugnación, por lo que dicho aspecto habría quedado convalidado y precluído