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    Auto Supremo AS/0670/2017
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0670/2017

    Fecha: 19-Jun-2017

    Del contexto de su reclamo se puede inferir que su fundamento tiene como punto neurálgico

    Del contexto de su reclamo se puede inferir que su fundamento tiene como punto neurálgico que la parte demandante carecería de buena fe, debido a que la parte demandante le vendió el bien inmueble objeto de Litis, por contrato de compra y venta de fecha 18 de octubre de 2002, extremo que no habría sido valorado
    • I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
    • Resolución contra la cual, la parte demandada interpuso recurso de casación de fs
    • II. CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
    • Señala que no existe vulneración del art
    • También alude que no ha existido errónea interpretación del art
    • III. DOCTRINA LEGAL APLICABLE
    • El principio de comunidad de la prueba es: “La prueba no pertenece a quien la
    • En este marco y en relación a lo dispuesto por el art
    • De la jurisprudencia extractada se puede advertir que a la luz del nuevo Modelo Constitucional,
    • IV. FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
    • Del contexto de su reclamo se puede inferir que su fundamento tiene como punto neurálgico
    • Como último punto acusa vulneración del art
    • De lo citado, se puede evidenciar que su reclamo únicamente se encuentra ligado a determinar
    • Por los fundamentos expuestos corresponde emitir Resolución en la forma prevista en los arts
    • POR TANTO
    • Regístrese, comuníquese y devuélvase
    • Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.

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