Auto Supremo AS/0175/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0175/2017

Fecha: 07-Jul-2017

Conforme establece el art

Conforme establece el art. 17 de la Ley del Órgano Judicial (LOJ), el Tribunal de casación tiene la obligación de revisar las actuaciones procesales que llegan a su conocimiento, a fin de establecer si concurrieron irregularidades procesales en la tramitación de los procesos,), para imponer en su caso, la sanción que corresponda o determinar la nulidad de oficio si correspondiere, cuando el acto omitido lesione la garantía constitucional del debido proceso, haciendo insubsanables las consecuencias materiales y jurídicas del mismo, según prevé el art. 252 del CPC