Auto Supremo AS/0183-1/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0183-1/2017

Fecha: 13-Jul-2017

Señaló que el Tribunal Constitucional Boliviano, sentó línea jurisprudencial sobre el “El derecho a una

Señaló que el Tribunal Constitucional Boliviano, sentó línea jurisprudencial sobre el “El derecho a una justa remuneración”, a través de las Sentencias Constitucionales Nos. 311/05-R de 06/04/2005 y 1612/03-R de 10/11/2003, línea enmarcada en el art. 48 de la C.P.E. Refiriéndose también al art. 4 y 52 de la Ley General del Trabajo, complementado por el D.S. 1592 de 19 de abril de 1949 y el D.S. 0110 de 01 de mayo de 2009 que en sus arts. 1 y 2 garantizan el pago de beneficios sociales. Así también se refiere al D.S. Nº 28699 de 01de mayo de 2006 en sus arts. 2, 4, 6 y 9 que instauran los principios de la relación laboral y fija el plazo de 15 días para el pago de beneficios sociales, asimismo, instituye la multa a favor del trabajador cuando el empleador ha transgredido esta norma