Auto Supremo AS/0544/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0544/2017-RRC

Fecha: 14-Jul-2017

través de la apreciación de los elementos y medios de prueba, convicción que se traduce


En lo tocante al defecto de sentencia contenido en el art. 370 inc. 6) del CPP, señala que en base al Auto Supremo 151 de 2 de febrero de 2007, la facultad de valorar la prueba corresponde con exclusividad al Juez o Tribunal de Sentencia, que recibe la prueba y adquiere convicción a


través de la apreciación de los elementos y medios de prueba, convicción que se traduce en el fundamento de la sentencia que lleva el sello de la coherencia y las reglas de la lógica. La fundamentación intelectiva expuesta en la sentencia, advierte que no se ha realizado una integral fundamentación probatoria intelectiva del conjunto de las pruebas producidas en el debate del juicio oral al no haberse asignado valor a cada uno de los elementos de prueba, incurriendo en omisiones y contradicciones al dar valor solo a alguna de ellas, carente de razonabilidad y equidad para decidir de forma congruente, no se cumple el art. 171 del CPP, al no expresar los motivos y razonamientos lógicos por los cuales desmerece el conjunto de las pruebas y privilegia unas cuantas cuya absolución no está suficientemente fundamentada en consideración a los tipos penales acusados, concluye indicando que la impugnación con relación a la falta de fundamentación y como consecuencia lógica la defectuosa valoración de la prueba y falta de las reglas relativas a la congruencia entre la sentencia acusación, tiene mérito ante las graves deficiencias de fondo que impiden mantener subsistente la Sentencia, habiéndose realizado una errada subsunción de los hechos, incurriendo en argumentación deficiente respecto del por qué se restó validez a las pruebas producidas en juicio, en particular la prueba de cargo, que determinan motivos suficientes para disponer la anulación de la Sentencia de acuerdo al art. 413 del CPP, en observación de los principios de especificidad o legalidad y trascendencia. Añade que con relación a otros fundamentos de apelación, resta relevancia analizar los demás motivos, ya que la decisión de anular totalmente la Sentencia, lleva aparejada la determinación de reponer el juicio