Auto Supremo AS/0552/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0552/2017-RRC

Fecha: 14-Jul-2017

De lo descrito precedentemente, se establece que el recurrente efectuó una incorrecta formulación de su


De lo descrito precedentemente, se establece que el recurrente efectuó una incorrecta formulación de su agravio -defectuosa valoración de la prueba-, en virtud a que se limitó a señalar que al no haberse demostrado el derecho propietario del querellante y no contar con la legalización de un documento realizado en el República de Argentina, se provocó la concurrencia de defectuosa valoración probatoria vulnerando el art. 169 inc. 3) del CPP, sin desarrollar mayor argumentación al respecto; es decir, establecer si con las pruebas antes mencionadas se infringió las reglas de la sana crítica y no referirse a actuaciones procesales sin incidencia directa en la resolución de mérito, pues como el Tribunal de alzada de manera concluyente estableció, dentro del ámbito penal en cuanto al ilícito de Despojo, no entró en debate para su configuración el mejor derecho propietario sobre el bien motivo del proceso o su forma de obtención, sino la acción antijurídica efectuada por el ahora recurrente, careciendo de relevancia la observación a las referidas pruebas, pues pese a ello el Tribunal de alzada identifica de manera precisa las literales que llevaron al Juez de Sentencia a establecer que el querellante era el propietario del bien inmueble y que en todo caso no existió prueba contraria que desvirtúe dicha conclusión, resultando en todo caso las alegaciones simples conjeturas que no se encuentran respaldadas por pruebas que sustenten su pretensión