Auto Supremo AS/0552/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0552/2017-RRC

Fecha: 14-Jul-2017

Finalmente, en cuanto al defecto previsto en el inc


Finalmente, en cuanto al defecto previsto en el inc. 6) del art. 370 del CPP, referido a que no se hubiese valorado correctamente las declaraciones de los testigos de cargo, descargo y la declaración del acusado; de la lectura de la Sentencia recurrida, se hubiera constatado que el Juez inferior cumplió con las reglas de la sana crítica a tiempo de valorar las pruebas, aplicando los arts. 171 y 173 del CPP, además que la motivación y valoración plasmada en la resolución impugnada resultarían convincentes destacando el valor otorgado en cuanto a la credibilidad de las testificales de cargo y la inspección ocular realizada dentro del juicio oral; puesto que, los testigos de descargo no hubiesen desvirtuado la conducta ilícita del acusado