Auto Supremo AS/0708/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0708/2017

Fecha: 10-Jul-2017

En cumplimiento a lo previsto en el art

POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42.I num. 1) de la Ley Nº 025 del Órgano Judicial, en aplicación a lo previsto por el art. 220.III num. 1) inc. c) de la Ley Nº 439 del Código Procesal Civil ANULA el Auto de Vista Nº 02/2016 de 02 de febrero de 2016 de fs. 89 y vta., emitido por el Juez de Partido Mixto en lo Civil y Familiar de Riberalta. Disponiendo que obrados se remitan ante el Tribunal Departamental de Justicia del Beni a fin de que se absuelva el recurso de apelación planteado contra la Sentencia, en sujeción a lo previsto por art. 265.I del Código Procesal Civil, sea previo sorteo y sin espera de turno. No siendo excusable el error, se impone multa de un día de haber al Juez suscriptor del Auto de Vista anulado a ser descontado de sus haberes por la Dirección Administrativa y Financiera del Órgano Judicial.
En cumplimiento a lo previsto en el art. 17.IV de la Ley Nº 025, hágase conocer la presente Resolución al Consejo de la Magistratura para los fines consiguientes