Auto Supremo AS/0708/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0708/2017

Fecha: 10-Jul-2017

I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

VISTOS: El recurso de casación de fs. 103 a 106 formulado por Juan Carlos Alave Ríos y Elizabeth Alave Ríos, contra el Auto de Vista Nº 02/2016 de 02 de febrero de 2016 de fs. 89 y vta., pronunciado por el Juez de Partido Mixto en lo Civil y Familiar de Riberalta del Departamento Beni, en el proceso de acción negatoria y reivindicatoria, seguido por Primitiva Ríos López contra Lucía Aguilera Aguilera, Lupe Rivero Santa Cruz, Jairo Salas Aguilera y Ariel Salas Aguilera; concesión de fs. 110 y:
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO:
El Juez Segundo de Instrucción en lo Civil y Comercial de Riberalta del Departamento de Beni, dictó Sentencia Nº 67/2015 de fecha 4 de agosto de 2015, por el que declara: PROBADA la demanda de fs. 18 a 19 vta., interpuesta por Primitiva Ríos López, en contra de Lucía Aguilera Aguilera, Lupe Rivero Santa Cruz, Jairo Salas Aguilera y Ariel Salas Aguilera, disponiéndose en el fondo la reivindicación de su derecho propietario, por lo que acorde a lo previsto por el art. 628 num. 3 del CPC, se da el plazo de 90 días para desocupar el inmueble motivo de la Litis, bajo apercibimiento de librar mandamiento de desapoderamiento de Ley en caso de negativa