Auto Supremo AS/0712/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0712/2017

Fecha: 10-Jul-2017

De lo referido se establece que el Juez A quo determino que no se ha

De lo referido se establece que el Juez A quo determino que no se ha demostrado la demanda reconvencional porque la parte demandada reconoció el compromiso de compra venta de bien inmueble, ingresando al inmueble en mérito de dicho contrato, en ese sentido todos los medios probatorios que refiere la parte recurrente que no se valoraron, no son conducentes a demostrar la usucapión, porque la parte demandada ingreso con el consentimiento de la demandante, en mérito al compromiso de venta, a partir de ese hecho, los medios probatorios cuestionados no son conducentes a desvirtuar el hecho de ingresar al inmueble como tolerada y con el consentimiento de la demandante, razón por la cual la posesión del bien inmueble, no le sirve para fundar usucapión, situación que no puede ser desvirtuada los medios probatorios cuestionados