En el fondo
En el fondo:
1.- Refiere aplicación indebida del art. 1453 del Código Civil al declarar probada la acción reivindicatoria porque la referida acción procede para el propietario que ha perdido la posesión, en el caso de Autos refiere que fue la propietaria la que otorgo su consentimiento para que ingrese al bien inmueble objeto del litigio
1.- Refiere aplicación indebida del art. 1453 del Código Civil al declarar probada la acción reivindicatoria porque la referida acción procede para el propietario que ha perdido la posesión, en el caso de Autos refiere que fue la propietaria la que otorgo su consentimiento para que ingrese al bien inmueble objeto del litigio
- Distrito: Santa Cruz
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- En la forma
- En el fondo
- 2
- De la respuesta al recurso de casación
- III. DOCTRINA APLICABLE AL CASO
- En mérito al principio de congruencia, toda resolución debe reunir la coherencia procesal necesaria, que
- De lo expuesto se deduce que en segunda instancia, pueden darse casos de incongruencia “ultra
- En el recurso de casación en la forma y en relación al principio de congruencia,
- De donde se tiene que el Juez no puede simple y llanamente aplicar la nulidad,
- III.2.- De la reivindicación
- En suma, se puede expresar que el derecho de propiedad permite reivindicar la cosa de
- IV. FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Sobre lo impugnado y conforme lo expuesto en la doctrina aplicable en el punto III
- Sobre el particular diremos que conforme lo referimos en la doctrina aplicable en el punto
- Con relación a lo acusado diremos que el art
- De lo referido se establece que el Juez A quo determino que no se ha
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Durán.
