Auto Supremo AS/0716/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0716/2017

Fecha: 10-Jul-2017

I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

Proceso: División y partición de bienes comunes.
Distrito: Santa Cruz.
VISTOS: El recurso de casación cursante de fs. 675 a 676, interpuesto por María Nelly Peredo Méndez, contra el Auto de Vista Nº 131/16 de fecha 21 de abril de 2016, cursante de fs. 661 a 662, pronunciado por la Sala Civil Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, en el proceso ordinario de división y partición de bienes comunes, seguido por Dolly Peredo Méndez por sí y en representación de Rocío, Claudia Cecilia y Libia todas ellas Peredo Méndez contra la recurrente; el Auto de concesión del recurso de fs. 683; el Auto Supremo de Admisión del recurso de casación Nº 888/2016-RA de 26 de julio de 2016 que cursa a fs. 689 y vta.; los antecedentes del proceso; y:
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO:
La Juez Décimo Cuarto de Partido en lo Civil y Comercial de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, mediante Sentencia Nº 39/15 de fecha 4 de septiembre de 2015, cursante de fs. 630 a 633, declaró PROBADA la demanda de fs. 46-47, así como la ratificación de fs. 504 incoada por Dolly Peredo Méndez por sí y en representación de Rocío, Claudia Cecilia y Libia todas ellas Peredo Méndez, sobre división del bien inmueble ubicado en la UV. 11, Manzano 361, Lote f, con una superficie de 177,37 Mts.2, inscrito en Derechos Reales bajo la Matrícula 7011990069997 e IMPROBADA la acción reconvencional de interpuesta por María Nelly Peredo Méndez sobre pago de mejoras. Asimismo, por su condición de indivisible del bien inmueble objeto de la litis, dispuso que el mismo, previo avalúo pericial, en ejecución de Sentencia se proceda a su venta judicial, para la división del producto conforme a la cuota igualitaria de los coherederos.
De igual forma, la autoridad de primera instancia, ante la solicitud de complementación y enmienda interpuesta por Armando Cordero Martínez apoderado legal de Dolly, Libia, Rocío y Claudia Cecilia Peredo Méndez, emitió el Auto de fecha 22 de septiembre de 2015 cursante a fs. 638 y vta., enmendando y complementando la Sentencia tanto en el encabezado como en el por tanto, corrigiendo el nombre de las partes