Auto Supremo AS/0743/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0743/2017

Fecha: 18-Jul-2017

III. DE LA DOCTRINA APLICABLE AL CASO

Bajo esos argumentos en su petitorio solicita que se aplique el art. 277 del Código Procesal Civil debido a que la parte recurrente no cumplió con el art. 274 num. 3) de la misma Ley, solicitando al final que se declare improcedente y consecuentemente infundado el recurso, confirmando el Auto de Vista.
III. DE LA DOCTRINA APLICABLE AL CASO:
III.1.- Con relación a la identificación y ubicación del inmueble en las acciones reales.-
En el Auto Supremo Nº 04/2014 de 05 de febrero se dejó establecido lo siguiente:
“… en ese sentido la jurisprudencia ordinaria ha exhortado a los Tribunales de instancia, exigir que en los procesos de usucapión el actor a tiempo de interponer la demanda acredite mediante documentación o certificación de Derechos Reales quien es la persona que figura como titular del inmueble más el antecedente dominical que la precede, quien además está en la obligación de cumplir con otros requisitos referentes a la situación física del inmueble como ser la individualización y la ubicación exacta, superficie, colindancias y todos los datos que tengan que ver con la identificación del inmueble o fracción que se pretende usucapir