III. DE LA DOCTRINA APLICABLE AL CASO
Bajo esos argumentos en su petitorio solicita que se aplique el art. 277 del Código Procesal Civil debido a que la parte recurrente no cumplió con el art. 274 num. 3) de la misma Ley, solicitando al final que se declare improcedente y consecuentemente infundado el recurso, confirmando el Auto de Vista.
III. DE LA DOCTRINA APLICABLE AL CASO:
III.1.- Con relación a la identificación y ubicación del inmueble en las acciones reales.-
En el Auto Supremo Nº 04/2014 de 05 de febrero se dejó establecido lo siguiente:
“… en ese sentido la jurisprudencia ordinaria ha exhortado a los Tribunales de instancia, exigir que en los procesos de usucapión el actor a tiempo de interponer la demanda acredite mediante documentación o certificación de Derechos Reales quien es la persona que figura como titular del inmueble más el antecedente dominical que la precede, quien además está en la obligación de cumplir con otros requisitos referentes a la situación física del inmueble como ser la individualización y la ubicación exacta, superficie, colindancias y todos los datos que tengan que ver con la identificación del inmueble o fracción que se pretende usucapir
III. DE LA DOCTRINA APLICABLE AL CASO:
III.1.- Con relación a la identificación y ubicación del inmueble en las acciones reales.-
En el Auto Supremo Nº 04/2014 de 05 de febrero se dejó establecido lo siguiente:
“… en ese sentido la jurisprudencia ordinaria ha exhortado a los Tribunales de instancia, exigir que en los procesos de usucapión el actor a tiempo de interponer la demanda acredite mediante documentación o certificación de Derechos Reales quien es la persona que figura como titular del inmueble más el antecedente dominical que la precede, quien además está en la obligación de cumplir con otros requisitos referentes a la situación física del inmueble como ser la individualización y la ubicación exacta, superficie, colindancias y todos los datos que tengan que ver con la identificación del inmueble o fracción que se pretende usucapir
- Proceso: Ordinario, usucapión decenal
- Distrito: La Paz
- I
- En contra del indicado Auto de Vista, los demandantes interpusieron recurso de casación en la
- II. CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
- Seguidamente transcribe parte del contenido de los fundamentos del Auto de Vista, para luego indicar
- Bajo esos argumentos en su petitorio concluye solicitando que el Tribunal de alzada confirme la
- La parte demandada en su memorial de fs
- III. DE LA DOCTRINA APLICABLE AL CASO
- Por otra parte, se orientó también en caso de que el inmueble que se somete
- “Así también la Jurisprudencia comparada, por ejemplo la sentada por la Corte Suprema de Justicia
- Según doctrina, en las acciones reales, el demandante debe especificar sin margen de duda la
- La identificación no consiste sólo en describir la cosa reclamada, fijando con precisión y exactitud
- En tratándose de bienes inmuebles, la identificación pasa por comprobar la extensión exacta, sus cabidas,
- IV. FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Por otra parte, respecto a la falta de identificación del inmueble, denuncia al Ad-quem de
- Los aspectos descritos generan una marcada incertidumbre en cuanto a la identificación y ubicación del
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Durán.
