Auto Supremo AS/0775/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0775/2017

Fecha: 25-Jul-2017

En ese entendido, con relación a la falta de fundamentación en el Auto de Vista,

En ese entendido, con relación a la falta de fundamentación en el Auto de Vista, y como ya se señaló en el punto III.1 de la doctrina aplicable al caso de Autos, donde se dejó establecido que la debida fundamentación que debe contener una determinada Resolución no necesariamente implica que esta contenga una exposición exagerada y abundante de consideraciones, citas legales y argumentos reiterativos, sino que lo implica es que esta sea concisa, clara e integre en todos los puntos demandados; es que corresponde señalar que el Auto de Vista que es objeto de casación, cumple con los requisitos que se encontraban inmersos en el art. 192 num. 2) del Código de Procedimiento Civil y actualmente en el art. 213.II del Código Procesal Civil, pues claramente se advierte que esta contiene una exposición clara y precisa de las razones por las cuales decidió confirmar la resolución de primera instancia, fundamentos estos que de manera específica se hallan inmersos en los incisos que hacen a los considerandos cuarto y quinto del Auto de Vista, por lo que la acusación de falta de fundamentación no resulta evidente