Auto Supremo AS/0780/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0780/2017

Fecha: 25-Jul-2017

Resolución confirmada por el Tribunal de Alzada mediante Auto de Vista Nº 256/2016 ahora recurrido,

Resolución confirmada por el Tribunal de Alzada mediante Auto de Vista Nº 256/2016 ahora recurrido, señalando que ya el Tribunal Constitucional habría establecido que es posible el planteamiento de incidente de nulidad en ejecución de Sentencia, y por consecuencia lógica también es posible el acogimiento de incidente de nulidad obrados, lo cual no puede ser considerado como un acto que va contra la constitución y las Leyes, pues toda decisión del órgano jurisdiccional que va con desconocimiento de derecho y garantías fundamentales no puede subsistir y mantenerse vigente, encontrándose la competencia del Juez en el art. 3 del Código de Procedimiento Civil, reiterando que la recurrente solo atina a sostener su recurso en el hecho de que el Juez no puede revisar, revocar o anular la Sentencia emitida en la causa argumento que habría sido resuelto por la jurisprudencia constitucional