Auto Supremo AS/0786/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0786/2017

Fecha: 25-Jul-2017

En este antecedente, corresponde precisar que en el caso de autos se realizó un análisis

En este antecedente, corresponde precisar que en el caso de autos se realizó un análisis respecto al antecedente dominial de los propietarios, que resulta correcto en razón a que de obrados se tiene que en cuanto al derecho propietarios del demandante Cornelio Hugo Pérez Montaño, se tiene que su derecho propietario proviene de Lola Dorotea Vargas Saavedra que registro su derecho propietario el 3 de febrero de 1965, con una aclaración posterior registrada el año 1966 (certificación de fs. 1); quien a su vez Transmitió la superficie de 200Mts.2, a María Terrazas Rodríguez quien registro su derecho propietario en fecha 17 de diciembre de 1979 (fs. 13 y 14); siendo esta última quien transfirió los 200 mts.2, en favor del ahora demandante Cornelio Hugo Pérez Montaño quien registro su derecho propietario el 29 de agosto de 1994 (fs. 15); por otra parte, en cuanto al derecho propietario de los demandados Alejandro Vargas Alvares y María Lidia Villarroel Foronda cuyo origen de derecho propietario proviene también de Lola Dorotea Vargas Saavedra a quien por subasta judicial se le remato un inmueble de 790 mts.2, que fue adjudicado a Bernabé Rocha Fuentes quien registro su derecho propietario en fecha 31 de enero de 1989 (fs. 3 a 10), quien a su vez transfirió dicho derecho propietario a los ahora demandados Alejandro Vargas Alvares y María Lidia Villarroel Foronda quienes registraron su derecho en fecha 8 de julio de 1990 (fs. 22 a 23)