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    Auto Supremo AS/0211/2017
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0211/2017

    Fecha: 11-Ago-2017

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • VISTOS: El Recurso de Casación en el fondo de fs
    • En grado de apelación formulada por Sebastián Gastón Herrero en representación legal de la Empresa
    • Dicho fallo motivó el Recurso de Casación en el fondo de fs
    • Que el Auto de Vista interpreto de manera errónea que la prescripción de las vacaciones
    • Acusó que se realizó una transcripción de Autos Supremos sin establecerla aplicación de dicha jurisprudencia
    • Refirió también que el Auto de Vista incurrió en una errónea interpretación e indebida aplicación
    • Señaló errónea interpretación e indebida aplicación del art
    • Mediante memorial cursante de fs
    • Mediante Auto Supremo Nº 323-A de 29 de septiembre de 2016 la Sala Contenciosa, Contenciosa
    • Que a mérito de estos antecedentes, revisado minuciosamente el Recurso de Casación, corresponde resolver el
    • Asimismo, podemos señalar que en el derecho laboral, por su naturaleza protectiva a favor del
    • En este sentido, tampoco debe perderse de vista que la aplicación de dicho principio debe
    • Debe ponderarse la verdad de lo probado y por lo tanto lograr la verdad material,
    • Asimismo respecto a la valoración probatoria, debe indicarse que el juzgador tiene el deber
    • Bajo ese marco normativo, respecto al reclamo en que el recurrente acusa que el Tribunal
    • Por su parte el art
    • Las disposiciones citadas sobre el régimen legal de las vacaciones, contienen en primer término el
    • Por otro lado es evidente que el legislador emitió el DS N° 12058, a fin
    • Tan evidente es lo anterior que es en la exposición de motivos del citado DS
    • Conforme se puede observar en este DS, se reconoce que hasta la fecha de su
    • Ante tal realidad es que en su artículo único se establece, a condición de haber
    • Conforme a lo expuesto, queda claro que tal dispositivo legal no restringe el derecho de
    • Siguiendo el razonamiento anterior, se atribuirá a la responsabilidad del empleador el acúmulo de vacaciones
    • Asimismo, debe tenerse presente que la omisión de la facción del rol de turnos por
    • Corresponde precisar, sobre lo último dicho, que cuando la norma permite el acúmulo de la
    • No obstante de lo aclarado, corresponde precisar también que la Ley General del Trabajo establece
    • Máxime si en el mismo Recurso de Casación en el fondo señala la representante del
    • Finalmente en cuanto a que el Auto de Vista no consideró lo fundamentado en la
    • Bajo estos parámetros se concluye que al no ser evidentes las infracciones denunciadas en el
    • POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contencioso Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de
    • Con costas
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • Firmado

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