Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0211/2017
Fecha: 11-Ago-2017
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VISTOS: El Recurso de Casación en el fondo de fs
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En grado de apelación formulada por Sebastián Gastón Herrero en representación legal de la Empresa
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Dicho fallo motivó el Recurso de Casación en el fondo de fs
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Que el Auto de Vista interpreto de manera errónea que la prescripción de las vacaciones
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Acusó que se realizó una transcripción de Autos Supremos sin establecerla aplicación de dicha jurisprudencia
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Refirió también que el Auto de Vista incurrió en una errónea interpretación e indebida aplicación
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Señaló errónea interpretación e indebida aplicación del art
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Mediante memorial cursante de fs
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Mediante Auto Supremo Nº 323-A de 29 de septiembre de 2016 la Sala Contenciosa, Contenciosa
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Que a mérito de estos antecedentes, revisado minuciosamente el Recurso de Casación, corresponde resolver el
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Asimismo, podemos señalar que en el derecho laboral, por su naturaleza protectiva a favor del
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En este sentido, tampoco debe perderse de vista que la aplicación de dicho principio debe
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Debe ponderarse la verdad de lo probado y por lo tanto lograr la verdad material,
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Asimismo respecto a la valoración probatoria, debe indicarse que el juzgador tiene el deber
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Bajo ese marco normativo, respecto al reclamo en que el recurrente acusa que el Tribunal
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Por su parte el art
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Las disposiciones citadas sobre el régimen legal de las vacaciones, contienen en primer término el
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Por otro lado es evidente que el legislador emitió el DS N° 12058, a fin
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Tan evidente es lo anterior que es en la exposición de motivos del citado DS
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Conforme se puede observar en este DS, se reconoce que hasta la fecha de su
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Ante tal realidad es que en su artículo único se establece, a condición de haber
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Conforme a lo expuesto, queda claro que tal dispositivo legal no restringe el derecho de
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Siguiendo el razonamiento anterior, se atribuirá a la responsabilidad del empleador el acúmulo de vacaciones
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Asimismo, debe tenerse presente que la omisión de la facción del rol de turnos por
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Corresponde precisar, sobre lo último dicho, que cuando la norma permite el acúmulo de la
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No obstante de lo aclarado, corresponde precisar también que la Ley General del Trabajo establece
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Máxime si en el mismo Recurso de Casación en el fondo señala la representante del
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Finalmente en cuanto a que el Auto de Vista no consideró lo fundamentado en la
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Bajo estos parámetros se concluye que al no ser evidentes las infracciones denunciadas en el
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POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contencioso Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de
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Con costas
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Regístrese, notifíquese y devuélvase
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Firmado
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