Auto Supremo AS/0611/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0611/2017-RRC

Fecha: 23-Ago-2017

Esta fundamentación es incongruente con el planteamiento expuesto por la acusadora particular en su recurso


Esta fundamentación es incongruente con el planteamiento expuesto por la acusadora particular en su recurso de apelación restringida, en el cual no denunció la existencia del defecto de sentencia previsto por el inc. 6) del art. 370 del CPP, sino la fundamentación contradictoria, defecto previsto por el inc. 5) del referido precepto legal que constituye un defecto autónomo respecto la valoración defectuosa de la prueba; es decir, que el Auto de Vista, al no tener relación entre lo resuelto y lo denunciado, deviene en incongruente y omisivo, al no haber dado una respuesta fundada y coherente con el motivo planteado en apelación restringida, por el cual la acusadora particular denunció la existencia de fundamentación incongruente porque existiría incongruencia entre la fundamentación probatoria y jurídica; por lo que la resolución impugnada, sobre este aspecto también es contraria a la doctrina legal invocada por la recurrente, que estableció que existirá incongruencia omisiva cuando no se resuelvan todos los aspectos puestos a conocimiento del Tribunal de apelación, lo que acontece en el caso de autos, pues el Tribunal de alzada, al no identificar de manera correcta el motivo de apelación y resolver una cuestión diferente a la planteada, incurrió en incongruencia omisiva y vulneración del art. 398 del CPP