Auto Supremo AS/0618/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0618/2017-RRC

Fecha: 23-Ago-2017

Ahora bien, establecido el ámbito y alcances del motivo recursivo de casación y consignado el


De la norma legal sustantiva transcrita se desprende que existen varias formas comisivas del delito de despojo y que para su configuración no necesariamente debe exigirse que el actor actúe con violencia o que su conducta se subsuma a todos los elementos objetivos establecidos en el tipo; el ilícito de despojo se consuma, ya sea despojando a otra persona `de la posesión o tenencia de un inmueble o del ejercicio de un derecho real constituido sobre él, sea que se produzca invadiendo el inmueble, manteniéndose en él o expulsando a los ocupantes´ y que para dicho fin también se `emplee indistintamente la violencia, amenazas, engaño, abuso de confianza o cualquier otro medio´. (Autos Supremos Nros. 254 de 22 de julio de 2005 y 338 de 5 de abril de 2007)”.

Ahora bien, establecido el ámbito y alcances del motivo recursivo de casación y consignado el precedente invocado, el recurrente en alusión a la Sentencia, enfatizó que la presunta víctima no probó en base a las pruebas presentadas, la existencia del delito de Despojo respecto a la violencia, amenazas, engaños y otros, como tampoco ejerció su derecho propietario “…como un buen padre de familia por muchos años” (sic), recalcando como requisito esencial el ejercicio de la posesión por parte del propietario, por el contrario aseguró tener la posesión desde el año 2001, ingresando en forma pacífica, sin violencia física o psicológica