Auto Supremo AS/0618/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0618/2017-RRC

Fecha: 23-Ago-2017

Se hace evidente que el juzgador, incurrió en el defecto de errónea adecuación del tipo


Se hace evidente que el juzgador, incurrió en el defecto de errónea adecuación del tipo penal de Despojo con relación a la conducta de los acusados, además existe una valoración defectuosa de la prueba testifical e inspección ocular, porque no se valoró la posesión que ejercía el querellante sobre sus terrenos mencionados por los testigos de cargo y de la ocupación violenta que declaró uno de los testigos, que continúan con la ocupación de forma irregular, situaciones que el inferior no explicó adecuadamente, sin señalar cuál fue la prueba que determinó que la conducta de los acusados no se habría adecuado a los tipos penales acusados de Despojo y Daño Simple; y, cuáles habrían sido las pruebas que son consideradas como insuficientes que no generaron plena convicción en el Juez sobre la culpabilidad de los imputados, pues los acusados durante el juicio oral no presentaron ninguna prueba a su favor, determinándose que el fallo no se ajusta a las normas procesales, existiendo errónea aplicación de la ley sustantiva relacionada con el delito de Despojo, además de haberse comprobado una valoración defectuosa de la prueba de cargo; consiguientemente, existen los defectos o infracciones acusadas por el querellante