Sin perjuicio de lo señalado, siempre al tenor de las Resoluciones de amparo constitucional precitadas,
Sin perjuicio de lo señalado, siempre al tenor de las Resoluciones de amparo constitucional precitadas, siendo que en el presente motivo se verifica la denuncia de los principios de objetividad, certeza y presunción de inocencia, corresponde analizar los requisitos de flexibilización; en ese orden, se tiene que con relación al Auto de Vista, se denuncia que tales principios fueron vulnerados porque no se habría considerado ni valorado de acuerdo a la sana crítica y a la objetividad, todas las pruebas presentadas, por lo que se hubiera acusado sin que exista delito alguno, dado que su persona en ningún momento tuvo en su poder la suma de $us. 15.000.- porque dicha suma fue entregada a Jhonny Iver Pereira Vásquez a través de documento privado de 10 de enero de 2009, corresponde el análisis del motivo por vía extraordinaria, ante la denuncia de vulneración de principios constitucionales
- Por memorial presentado el 11 de abril de 2016, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado Rómulo Lafuente López, interpuso recurso de apelación restringida
- c)Por diligencia de 4 de abril de 2016 (fs
- Del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- garantías del debido proceso en su vertiente a contar con una resolución fundamentada
- 2)Con relación a lo manifestado por la errónea aplicación en la tipificación del delito de
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos se establece, que el recurrente fue notificado con el Auto
- En el primer motivo, el recurrente, se limitó a describir fundamentos del Auto de Vista
- En ese entendido, correspondía que el recurrente efectué la descripción del agravio de manera clara
- Ahora bien, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la Resolución Constitucional SCI 07/2016 de
- En ese orden y en cumplimiento de lo dispuesto por las Resoluciones de amparo constitucional,
- Como segundo motivo, el recurrente de manera genérica argumenta que, con relación a la errónea
- Sin perjuicio de lo señalado, siempre al tenor de las Resoluciones de amparo constitucional precitadas,
- Por último, no puede soslayarse el análisis contenido en la última parte de la SCP
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
