Auto Supremo AS/0835/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0835/2017

Fecha: 15-Ago-2017

Contra la mencionada Sentencia interpusieron recurso de apelación Jorge López Saavedra, cursante de fs

Contra la mencionada Sentencia interpusieron recurso de apelación Jorge López Saavedra, cursante de fs. 372 a 377 vta. de obrados en cuyo mérito la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, pronunció Auto de Vista Nº REG/S.CII/ASEN.098/04.11.2015, de fecha 04 de noviembre de 2015, por el cual anuló el Auto de Concesión de Alzada de 15 de septiembre de 2015, de contrario declaró ejecutoriado el Auto interlocutorio de 26 de enero de 2011 y la Sentencia de 23 de diciembre de 2014, con el fundamento de que la apelación carece de la fundamentación exigida por las normas legales y obvian las características propias de una expresión de agravios, interponiendo Jorge López Saavedra recurso de casación en la forma y en el fondo cursante de fs. 610 a 616 de obrados, en cuyo mérito la Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia de Bolivia emitió el Auto Supremo Nº 998/2016, de 24 de agosto de 2016, cursante de fs. 660 a 663 vta., por el cual ANULÓ el Auto de Vista Nº REG/SCII/ASEN.098/04.11.2015, pronunciado por la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba y dispuso que la Sala sin espera de turno y previo sorteo pronuncie nueva Resolución con arreglo a lo previsto por el art. 265.I del Código Procesal Civil