Partes: Gregoria Nina Centeno de Orocondo c/ Nils Reynaldo Ricaldi Rocha
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 847/2017
Sucre: 16 de agosto 2017
Expediente: SC-130-16-S
Partes: Gregoria Nina Centeno de Orocondo c/ Nils Reynaldo Ricaldi Rocha
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 847/2017
Sucre: 16 de agosto 2017
Expediente: SC-130-16-S
Partes: Gregoria Nina Centeno de Orocondo c/ Nils Reynaldo Ricaldi Rocha
- Partes: Gregoria Nina Centeno de Orocondo c/ Nils Reynaldo Ricaldi Rocha
- Proceso: Nulidad de documento y cancelación de anotación preventiva
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Resolución que fue apelada por el demandado por memorial de fs. 224
- En mérito a esos antecedentes, la Sala Tercera Civil, Familia Niñez y Violencia del Tribunal
- Que, en el caso de autos se tiene que el contrato que se pretende anular
- En contra del indicado Auto de Vista, la demandante interpuso recurso de casación en el
- II. DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
- Mencionó también que ella no ha realizado ningún documento con el demandado y que en
- De la respuesta al recurso de casación
- Debidamente notificado el demandado con el memorial del recurso y el traslado dispuesto por el
- III. DOCTRINA LEGAL APLICABLE
- III.2.- De la competencia
- Para tener un mejor entendimiento de lo que es la competencia, corresponde referirnos al art
- IV. FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- De lo relacionado precedentemente se tiene que la actora pretende invalidar tanto el documento privado
- Así mismo corresponde señalar que este Tribunal Supremo de Justicia a través del Auto Supremo
- Por lo expuesto corresponde pronunciar Resolución de conformidad a lo dispuesto por el art
- Sin costas ni costos por no haber sido respondido el recurso
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
