Auto Supremo AS/0847/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0847/2017

Fecha: 16-Ago-2017

Que, en el caso de autos se tiene que el contrato que se pretende anular

Que, en el caso de autos se tiene que el contrato que se pretende anular fue suscrito entre Máxima Fila Apaza, como deudora principal, Leonardo Orocondo Arevilca y Félix Mamani Flores como garantes, solidarios y mancomunados, consecuentemente si se pretendía la nulidad del mencionado documento debió demandarse a todos los suscribientes del mismo sin embargo solo se demandó al acreedor Nils Reynado Ricaldy Rocha, lo cual resulta ser una pretensión incompleta, en cuanto a los sujetos pasivos de la demanda