Auto Supremo AS/0858/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0858/2017

Fecha: 21-Ago-2017

Con relación a que solo se habrían tomado en cuenta las declaraciones testificales de descargo

Con relación a que solo se habrían tomado en cuenta las declaraciones testificales de descargo y no así a todos sus testigos; en lo que respecta al presente reclamo, corresponde señalar que revisados los cuadernos de prueba tanto de cargo como de descargo que cursan de fs. 1196 a 1238 y vta., con relación a los fundamentos expuestos en el numeral 2 del considerando II del Auto de Vista, que los jueces de Alzada, contrariamente a lo acusado valoraron no solo las declaraciones testificales de descargo sino también las de cargo, que si bien no fueron consideradas en su totalidad, empero este hecho no implica vulneración alguna, pues el Tribunal de Alzada en virtud al principio de la unidad de la prueba, se infiere que estos realizaron una relación y consideración del proceso en su conjunto, valorando la prueba producida por ambas partes (cargo y descargo), entre ellas las testificales, de la cuales procedió a considerar unas y desechar otras, asignándoles el valor que la ley les otorga a cada una de ellas y en su caso usando la sana critica que le faculta la ley