Acusa que el Auto de Vista ha omitido dictar una resolución justa debido a que
Acusa que el Auto de Vista ha omitido dictar una resolución justa debido a que es carente de motivación y fundamentación
- Distrito: Santa Cruz
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Recurso que mereció el Auto de Vista de fecha de 05 de agosto de 2016
- b) Con relación al agravio de la supuesta omisión de los planteamientos de nulidad de
- Nótese que de la revisión de los antecedentes procesales la madre NELLY BEATRIZ TERCEROS DE
- Resolución contra la cual, Ana Terceros Mendoza, Mary Sonia Terceros Mendoza y Gladys Terceros Mendoza
- II. CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
- Señala que en lo concerniente a la omisión de consideración de lo establecido en el
- Expresa la violación del art
- Acusa que un punto determinante es, si las resoluciones dictadas en lo proceso voluntarios causa
- Sobre la pretensión de pago de daños y perjuicios ocasionados, refiere que esta fue debidamente
- Acusa que el Auto de Vista ha omitido dictar una resolución justa debido a que
- III. DOCTRINA LEGAL APLICABLE
- III.2.- Per saltum
- El Auto Supremo Nº 939/2015 de 14 de octubre sobre el tema ha referido: “De
- IV. FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Sobre su alegación inherente a la falta de motivación en la resolución de grado, con
- Siguiendo con la acusación de omisiones, en lo referente al art
- Continuando el entendimiento expuesto en el punto anterior en sentido de analizar si existe
- Acusa que es un punto determinante, si las resoluciones dictadas en los procesos voluntarios causan
- Este tópico no ha sido acusado en apelación, por lo que, no corresponde mayor análisis
- Sobre este punto, este Tribunal comparte la argumentación jurídica utilizada en el Auto de Vista,
- En cuanto a sus demás puntos todos de forma general van dirigidos a observar la
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
