Auto Supremo AS/0915/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0915/2017

Fecha: 29-Ago-2017

En cuanto al sexto punto apelado señala que, en ningún momento habría afirmado ser deudor

En cuanto al sexto punto apelado señala que, en ningún momento habría afirmado ser deudor del demandado como erróneamente se habría afirmado en la Sentencia apelada. Al respecto el Tribunal de grado ha manifestado en el punto c), que la letra de cambio habría sido girada y entregada voluntariamente por la existencia de una deuda del demandante a favor del demandado, concluyendo que existiría legitimidad en la relación acreedor deudor