Auto Supremo AS/0932/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0932/2017

Fecha: 29-Ago-2017

En cuanto a este punto en cuestión en principio corresponde referir que de acuerdo a

En cuanto a este punto en cuestión en principio corresponde referir que de acuerdo a lo desglosado en el punto III.5 el proceso de formación de inventarios enumerativos y evaluativos tiene como objeto la individualización y descripción de los bienes relictos al fallecimiento del de cujus, proceso que es voluntario y puede también tornarse en contencioso, cuando exista oposición por parte de los interesados tal como lo dispone el art. 667 del Código de Procedimiento Civil, situación que se da cuando cualquier pretendiente o interesado promueve oposición impugnando la formación del inventario o su aprobación, porque los bienes no son hereditarios o susceptibles a una posterior división o simplemente el peticionante no tiene derecho a los bienes o acción y derecho para incoar el inventario, caso en el cual el proceso se torna en contencioso, siendo el proceso ventilado en la vía de conocimiento