Auto Supremo AS/0932/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0932/2017

Fecha: 29-Ago-2017

Sobre el punto d) expresa que Virinio Mojica L

Sobre el punto d) expresa que Virinio Mojica L. alega ser propietario pero con conocimiento de causa expresa que es un bien hereditario, porque le perteneció a su padre, y que no se hubo advertido que recién el año 2014 ha sido registrado amparándose en la Ley 133, en si refiere que el tractor, la chata y su sembrado que consta en las fotografías de fs. 318 del expediente es la maquinaria que es propiedad de sus padres y que ellos eran los únicos propietarios, ya que, en su condición de agricultor su padre obtuvo un préstamo del banco de crédito Oruro con garantía hipotecaria, aclarándose en ese documento que la utilización de ese crédito es para ser invertido en compra de tractor, y debió anotarse que desde el año 1983 que se obtuvo el crédito el tractor estuvo en la propiedad agrícola por más de 31 años a ese efecto adjunto documento de cancelación de hipoteca, a fs. 398 pago de factura de una bomba inyectora del tractor MF270 serie 13413 N2 y otros varios que data del 29 de enero de 1993 y otro recibo que cursa a fs. 399 y factura original del año 1999 que demuestran lo alegado