Por lo manifestado, corresponde a este Tribunal resolver conforme señala los arts
Por lo manifestado, corresponde a este Tribunal resolver conforme señala los arts. 220.II del Código procesal Civil
- otros
- Distrito: Cochabamba
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- II. DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
- Que tampoco se aplicaría y observaría concretamente el Auto Supremo Nº 275/2014 de 02 de
- Que de la revisión del proceso encontrarían que 3 veces el juzgador habría aceptado la
- Que con referencia al art
- Con relación a la respuesta al recurso de casación los demandados señalaron
- III. DOCTRINA APLICABLE AL CASO
- Así también, Víctor De Santo, en su obra “La Prueba Judicial” (Teoría y Práctica), indica:
- El principio de comunidad de la prueba es: “La prueba no pertenece a quien la
- III.2.- De los Principios que Rigen las Nulidades Procesales
- La Ley Nº 025 con el fin de dar continuidad al proceso incorporó un nuevo
- Por otra parte, el art. 17 del mismo cuerpo normativo establece
- Al respecto, este Supremo Tribunal de Justicia en su diversos fallos, entre ellos el Auto
- Principio de Convalidación
- Principio de preclusión
- Principios y disposiciones legales marcan el límite de la actuación de los Jueces vocales y
- IV. FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Al respecto corresponde precisar que conforme se tiene desarrollado en el punto III
- En el caso de autos de la revisión de obrados, con relación a la prueba
- En cuanto a que tampoco se aplicaría y observaría concretamente el Auto Supremo Nº 275/2014
- En relación al reclamo sobre que en el proceso encontrarían que el juzgador habría aceptado
- Respecto al tercer momento de supuesta aceptación que habría ocurrido fs
- Con referencia al art
- Por lo manifestado, corresponde a este Tribunal resolver conforme señala los arts
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Dra. Rita Susana Nava Durán.
