Auto Supremo AS/0942/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0942/2017

Fecha: 29-Ago-2017

En el mismo acápite el recurrente señala que el Auto de Relación Procesal habría sido

En ese contexto y de la revisión de actuados procesales se tiene que a partir de la notificación con el Auto de Relación Procesal cuestionado, las partes ofrecieron sus pruebas tanto de cargo (fs. 64), como de descargo (fs. 62, 212), mismas que fueron producidas conforme se evidencia en el desarrollo del proceso, actos procesales con los que fueron convalidados los defectos que pudieron haberse dado en la notificación aludida; no existiendo vulneración alguna al debido proceso y al derecho a la defensa como pretende hacer ver el recurrente; no pudiendo ser cuestionado este aspecto de carácter formal en esta etapa del proceso cuando la parte ha aceptado tácitamente el mismo al continuar con el proceso sin haber hecho el reclamo correspondiente oportunamente.
En el mismo acápite el recurrente señala que el Auto de Relación Procesal habría sido complementado con la Resolución de 08 de noviembre de 2001 de fs. 73 vta., con la que habrían sido notificados en tablero, causando indefensión a su señora madre