Conforme al aporte doctrinario de Juan Espinoza Espinoza, quien en su obra “DERECHO DE LA
Conforme al aporte doctrinario de Juan Espinoza Espinoza, quien en su obra “DERECHO DE LA REPONSABILIDAD CIVIL”, Edit. Lima 2003, pág. 514 señala: “En el formante jurisprudencial nacional, se cuenta con un precedente en el que, partiendo de la compatibilidad de los regímenes en materia de responsabilidad civil de los profesionales médicos, se adopta la posición de la opción, aplicándose… responsabilidad extracontractual subjetiva”, el mismo autor en la pág. 130 señala: “Se afirma que en materia de responsabilidad civil extracontractual o aquiliana se acoge la teoría de la causa adecuada, y en la inejecución de las obligaciones se asume la teoría de la causa próxima. En efecto, ‘una cosa es emplear la cuasalidad con el fin de imputar un hecho a un sujeto en el concurso de otros factores, como la culpa, el dolo, la preposición (de un tercero), el ejercicio de una actividad riesgosa, la custodia, el ser propietario (aquí se debe responde a la pregunta: ¿Quién ha sido?) y otra cosa es emplear la causalidad para estimar el daño patrimonial, es decir, para determinarla relevancia jurídica de las consecuencias económicamente desfavorables dependientes del hecho ilícito (aquí se debe responder a la pregunta: ¿cuánto debe pagar el responsable?)
- Partes: Miguel Ángel Inturias Villarroel y otros. c/ José Freddy Gutiérrez Camacho
- Proceso: Calificación y resarcimiento de daños y perjuicios
- Distrito: Cochabamba
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Apelada la resolución de primera instancia se pronuncia el Auto de Vista de fs
- II. CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
- Acusa que en el tercer punto, respecto al descuido de los progenitores, refiere que no
- En cuanto al punto 4 del segundo considerando refiere que es evidente que el valor
- En el punto 6 acusa que se les otorgó plena razón en sentido de la
- Por lo expuesto solicita casar el Auto de Vista
- De la contestación al recurso de casación de fs. 182 a 183
- III. DOCTRINA APLICABLE AL CASO
- Conforme al aporte doctrinario de Juan Espinoza Espinoza, quien en su obra “DERECHO DE LA
- IV. FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- El Auto de Vista de fs
- Los recurrentes describen que el Juez aplicó correctamente el art
- De acuerdo al contenido de las acusaciones se dirá que el historial clínico de fs
- Asimismo se tiene el certificado de fs
- Respecto a la valuación médica, descrita por el Tribunal de Alzada, se tiene que la
- De la contestación al recurso de casación
- Sobre la postura de declararse improcedente el recurso por incumplimiento del art
- Por lo expuesto corresponde, emitir Resolución en la forma prevista en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
