Dichas condiciones deberán ser explicadas, además, por el incidentista en su solicitud, señalando, en forma
Dichas condiciones deberán ser explicadas, además, por el incidentista en su solicitud, señalando, en forma concreta, clara y precisa, la existencia del perjuicio que le haya causado el acto impugnado; deberá mencionar y demostrar expresamente, los medios de defensa de los que se ha visto privado de oponer o las que no ha podido ejercitar con la amplitud debida, ya que la sanción de nulidad debe tener un fin práctico y no meramente teórico o académico, pues, no basta la invocación genérica a la lesión al derecho a la defensa, por ejemplo, sino que el perjuicio debe ser cierto, concreto, real y además grave, ya que las normas procesales sirven para asegurar la defensa en juicio y no para dilatar los procesos o entorpecer la resolución»
- Distrito: Chuquisaca
- VISTOS: El recurso de casación en la forma de fs
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- I
- Concluye indicando que llama la atención que la parte recurrente utilice como único motivo para
- II.1.- Resumen del recurso
- Indica que si bien su persona incurrió en error al interponer su demanda ante un
- III.1.- Con relación a las nulidades procesales
- “Ahora bien, los presupuestos o antecedentes necesarios para que opere la nulidad procesal son: a)
- “En cuanto a la nulidad de los actos procesales, complementando el entendimiento establecido en la
- Dichas condiciones deberán ser explicadas, además, por el incidentista en su solicitud, señalando, en forma
- IV. FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Para hacerle notar la equivocación incurrida por la actora en el planteamiento de su demanda
- Por otra parte, resulta también equivocado el argumento de falta de competencia en razón de
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Durán.
