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2.- También fundamentó que al presente no se consideró la aplicabilidad de la verdad material en cualquier instancia del proceso, porque sin advertir este principio constitucional, se reconoció el pago de subsidios a favor del actor por el nacimiento de una hija suya, solicitud efectuada luego de mucho tiempo de la conclusión de su relación laboral, pese a que el nacimiento de dicha menor habría sido seis meses antes de ese hecho, evidenciando que el trabajador, no había comunicado el nacimiento al ente municipal y por consiguiente, no se tenía conocimiento de ese hecho
- Subsidios de Frontera
- I
- II
- En mérito a esos antecedentes, el GAMC, reclamó que el demandante no tiene la calidad
- Sin embargo el juez de primera instancia y el tribunal de segunda instancia, sin analizar
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- El demandante no respondió el recurso, por consiguiente no corresponde emitir pronunciamiento al respecto
- Que, así expuestos los fundamentos del recurso de casación de fojas 95 y vta
- Esta norma instituyó un listado de las excepciones concretas, respecto a los servidores públicos a
- En mérito a esta normativa, se concluye que sólo los trabajadores municipales de las Capitales
- Concluyéndose que el resto de los funcionarios se sujetan a la normativa del Estatuto del
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- Revisando detenidamente los antecedentes del proceso, se advierte que el juez a quo como el
- En el caso presente el recurrente afirma que pese a que el actor había ejercido
- III
- IV
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
