De estas consideraciones se verifica que el presente recurso de casación cumple con las exigencias
De la revisión del recurso de casación, se advierte que los recurrentes, en lo trascendental de dicho medio de impugnación acusan: 1) La violación del art. 559 del Código Civil, normativa que consideran debió ser interpretada en concordancia con la nueva visión procesal de la Ley 439; 2) Que los Vocales no valoraron ninguna prueba, ni documental o testifical arrimada al presente proceso; 3) Que no valoraron una serie de elementos que se circunscriben al proceso, como ser el hecho que sus personas adquirieron de buena fe los lotes de terreno y que se encuentran en posesión de los mismos por más de 15 años, o que los jueces de instancia omitieron disponer la restitución de lo recibido en calidad de pago, o el referido a que la demanda de anulabilidad presente varios vicios como ser la personería del demandante y que la demanda tendría calidad de cosa juzgada; 4) Interpretación errónea de las disposiciones legales que regulan los presupuestos de procedencia de invalidez contractual (arts. 452-II y 549-I del Sustantivo Civil); en ese entendido acusan la vulneración al derecho a la propiedad, del art. 559 del Sustantivo Civil, el derecho a la seguridad y a un hábitat y vivienda contemplado en el art. 119 de la Constitución Política del Estado. Fundamentos estos por los cuales solicitan se anule parcialmente la sentencia y el auto de vista y se dicte resolución declarando probado su recurso.
De estas consideraciones se verifica que el presente recurso de casación cumple con las exigencias establecidas por el art. 274.I-3) del Código Procesal Civil, hechos que hacen admisible la consideración del mismo, correspondiendo en consecuencia su análisis y resolución conforme a derecho
De estas consideraciones se verifica que el presente recurso de casación cumple con las exigencias establecidas por el art. 274.I-3) del Código Procesal Civil, hechos que hacen admisible la consideración del mismo, correspondiendo en consecuencia su análisis y resolución conforme a derecho
- Flores, Marcelino Roda
- perjuicios
- Distrito: Santa Cruz
- CONSIDERANDO I
- Asimismo, el juez de la causa citado supra, ante la solicitud de aclaración, complementación y
- Resoluciones de primera instancia que al haber sido recurridas en apelación por Alberto Roda Flores,
- De igual forma, ante la solicitudes de aclaración, complementación y corrección que fueron interpuestas por
- Fallos de segunda instancia que son recurridos en casación por Gueisa Sotto Salvatierra, Ernesto Escobar
- En el marco de lo preceptuado en el art
- Emitido el Auto de Vista 442-17 de 16 de agosto de 2017 que cursa
- De igual forma se advierte que los recurrentes, al margen de identificar la Resolución impugnada,
- 1.2. Análisis del contenido del recurso de casación
- De estas consideraciones se verifica que el presente recurso de casación cumple con las exigencias
- 2.1. Del plazo de presentación y de la resolución recurrible
- Continuando con el presente examen, se advierte que el ahora recurrente, al margen de identificar
- 2.2. Análisis del contenido del recurso de casación
- De estas consideraciones se verifica que el recurso de casación cumple con las exigencias establecidas
- 3.1 Del plazo de presentación y de la resolución recurrible
- Emitidas las resoluciones de alzada (auto de vista y auto complementario), se observa que la
- De igual forma, se advierte que la ahora recurrente, al margen de identificar las Resoluciones
- 3.2. Análisis del contenido del recurso de casación
- De la revisión del recurso de casación de fs
- Consideraciones estas de las cuales se verifica que el recurso de casación cumple con las
- 4.1. Del plazo de presentación y de la resolución recurrible
- Una vez que fueron emitidas las resoluciones de alzada (auto de vista y auto complementario),
- De la misma forma, se observa que los recurrentes, al margen de identificar la resoluciones
- 4.2. Análisis del contenido del recurso de casación
- 5.1. Del plazo de presentación y de la resolución recurrible
- Asimismo, se observa que los recurrentes, al margen de identificar la resoluciones impugnadas, es decir
- 5.2. Análisis del contenido del recurso de casación
- 6.1. Del plazo de presentación y de la resolución recurrible
- De las papeletas de notificación de fs
- 6.2. Análisis del contenido del recurso de casación
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- En atención a la carga procesal pendiente en esta Sala, la causa aguarde turno para
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
