De la revisión del recurso de casación de fs
De la revisión del recurso de casación de fs. 2287 a 2293, se observa que Vicenta García Pinto, ahora recurrente, en lo trascendental de dicho medio de impugnación acusa: 1) Omisión de pronunciamiento sobre agravios acusados en su recurso de apelación, los cuales los identifica en 8 numerales que se encuentran desarrollados en su memorial de casación, denunciando en ese sentido la violación del art. 24 de la Constitución Política del Estado y arts. 4 y 265.I) del Código Procesal Civil; 2) Que su derecho propietario es inafectable aún se haya declarado ilegalmente la anulabilidad de la división de herencia y del contrato de transferencia de su vendedora, razón por la cual considera que existió vulneración de los 559 y 1457.II del Código Civil; 3) Vulneración al debido proceso al declarar la anulabilidad del documento de transferencia de Alberto Roda Flores a favor de Magaly Gómez Álvarez sin haberse fundamentado cuales las razones legales para declarar dicha anulabilidad tomando en cuenta que el demandante no forma parte de dicho contrato, acusando en ese sentido, una vez más, la transgresión de los arts. 559 y 1457.II del Sustantivo Civil; 4) Violación del debido proceso por haber declarado probada la pretensión de pago de daños y perjuicios sin que el demandante haya probado la misma y por ordenar la averiguación de la cuantía de los daños y perjuicios en ejecución de sentencia, extremo que vulneraría los arts. 4 y 136.I del Código Procesal Civil y art. 1283 del Sustantivo Civil; 5) Que el auto de vista se apartó de la solución normativa prevista para el caso, pues tanto la Sentencia como la Resolución de Alzada serían “contra legem” al haber aplicado normas generales cuando existen normas especiales que regulan expresamente la materia de anulabilidad de división extrajudicial como el establecido en el art. 1275 del Código Civil, por lo que acusa la violación de los arts. 1233 y 1246 del Código Civil y 113.I) de la Constitución Política del Estado. Fundamentos estos por los cuales solicita se anule el proceso hasta la demanda
- Flores, Marcelino Roda
- perjuicios
- Distrito: Santa Cruz
- CONSIDERANDO I
- Asimismo, el juez de la causa citado supra, ante la solicitud de aclaración, complementación y
- Resoluciones de primera instancia que al haber sido recurridas en apelación por Alberto Roda Flores,
- De igual forma, ante la solicitudes de aclaración, complementación y corrección que fueron interpuestas por
- Fallos de segunda instancia que son recurridos en casación por Gueisa Sotto Salvatierra, Ernesto Escobar
- En el marco de lo preceptuado en el art
- Emitido el Auto de Vista 442-17 de 16 de agosto de 2017 que cursa
- De igual forma se advierte que los recurrentes, al margen de identificar la Resolución impugnada,
- 1.2. Análisis del contenido del recurso de casación
- De estas consideraciones se verifica que el presente recurso de casación cumple con las exigencias
- 2.1. Del plazo de presentación y de la resolución recurrible
- Continuando con el presente examen, se advierte que el ahora recurrente, al margen de identificar
- 2.2. Análisis del contenido del recurso de casación
- De estas consideraciones se verifica que el recurso de casación cumple con las exigencias establecidas
- 3.1 Del plazo de presentación y de la resolución recurrible
- Emitidas las resoluciones de alzada (auto de vista y auto complementario), se observa que la
- De igual forma, se advierte que la ahora recurrente, al margen de identificar las Resoluciones
- 3.2. Análisis del contenido del recurso de casación
- De la revisión del recurso de casación de fs
- Consideraciones estas de las cuales se verifica que el recurso de casación cumple con las
- 4.1. Del plazo de presentación y de la resolución recurrible
- Una vez que fueron emitidas las resoluciones de alzada (auto de vista y auto complementario),
- De la misma forma, se observa que los recurrentes, al margen de identificar la resoluciones
- 4.2. Análisis del contenido del recurso de casación
- 5.1. Del plazo de presentación y de la resolución recurrible
- Asimismo, se observa que los recurrentes, al margen de identificar la resoluciones impugnadas, es decir
- 5.2. Análisis del contenido del recurso de casación
- 6.1. Del plazo de presentación y de la resolución recurrible
- De las papeletas de notificación de fs
- 6.2. Análisis del contenido del recurso de casación
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- En atención a la carga procesal pendiente en esta Sala, la causa aguarde turno para
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
