Fallos de segunda instancia que son recurridos en casación por Gueisa Sotto Salvatierra, Ernesto Escobar
Fallos de segunda instancia que son recurridos en casación por Gueisa Sotto Salvatierra, Ernesto Escobar Hinojosa, Ferdy Quiroz, Favianco Justiniano Banegas, Feliciano Guerra Núñez, Alfredo Soliz, Fanny Saucedo Eguez, Eloina Guzmán de Pesoa, Anastacia Vargas Sánchez, Justina Ignacio Barriga, Benedicta Claros Quiros, Modesta Carrasco de Condo, Lourdes Ignacio Quiros, Elsa Gladys Rojas Campos, Edson Fernando Fuentes, María Fátima Escobar Méndez, Pedro Calizaya, Antoni Aguilar Cuellar a través del memorial de fs. 2257 a 2263; Héctor Pinto Orellana (fs. 2283 a 2285 vta.); Vicenta García de Pinto (fs. 2287 a 2293); Serafín Miranda Rivertty, Martha Tomasa Salili Flores, Martha Valle Quispe, Yovana Yolenny Ribera Álbarez y Francisco Rodríguez Soliz (fs. 2317 a 2329 vta.); Marcelino Roda Flores (fs. 2332 a 2337 vta.); y Alberto Roda Flores y Magaly Gómez Álvarez (memorial de fs. 2338 a 2345). Recursos que son objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad
- Flores, Marcelino Roda
- perjuicios
- Distrito: Santa Cruz
- CONSIDERANDO I
- Asimismo, el juez de la causa citado supra, ante la solicitud de aclaración, complementación y
- Resoluciones de primera instancia que al haber sido recurridas en apelación por Alberto Roda Flores,
- De igual forma, ante la solicitudes de aclaración, complementación y corrección que fueron interpuestas por
- Fallos de segunda instancia que son recurridos en casación por Gueisa Sotto Salvatierra, Ernesto Escobar
- En el marco de lo preceptuado en el art
- Emitido el Auto de Vista 442-17 de 16 de agosto de 2017 que cursa
- De igual forma se advierte que los recurrentes, al margen de identificar la Resolución impugnada,
- 1.2. Análisis del contenido del recurso de casación
- De estas consideraciones se verifica que el presente recurso de casación cumple con las exigencias
- 2.1. Del plazo de presentación y de la resolución recurrible
- Continuando con el presente examen, se advierte que el ahora recurrente, al margen de identificar
- 2.2. Análisis del contenido del recurso de casación
- De estas consideraciones se verifica que el recurso de casación cumple con las exigencias establecidas
- 3.1 Del plazo de presentación y de la resolución recurrible
- Emitidas las resoluciones de alzada (auto de vista y auto complementario), se observa que la
- De igual forma, se advierte que la ahora recurrente, al margen de identificar las Resoluciones
- 3.2. Análisis del contenido del recurso de casación
- De la revisión del recurso de casación de fs
- Consideraciones estas de las cuales se verifica que el recurso de casación cumple con las
- 4.1. Del plazo de presentación y de la resolución recurrible
- Una vez que fueron emitidas las resoluciones de alzada (auto de vista y auto complementario),
- De la misma forma, se observa que los recurrentes, al margen de identificar la resoluciones
- 4.2. Análisis del contenido del recurso de casación
- 5.1. Del plazo de presentación y de la resolución recurrible
- Asimismo, se observa que los recurrentes, al margen de identificar la resoluciones impugnadas, es decir
- 5.2. Análisis del contenido del recurso de casación
- 6.1. Del plazo de presentación y de la resolución recurrible
- De las papeletas de notificación de fs
- 6.2. Análisis del contenido del recurso de casación
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- En atención a la carga procesal pendiente en esta Sala, la causa aguarde turno para
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
