El referido auto de vista, motivó a Cruz Javier Torrez Zenteno, a interponer el recurso
I.2 Motivos del recurso de casación
El referido auto de vista, motivó a Cruz Javier Torrez Zenteno, a interponer el recurso de casación en el fondo de fs. 607 a 608 vta., manifestando en síntesis:
Que el tribunal de alzada, incurrió en error de hecho y error de derecho, aduciendo que el fallo de alzada contiene aspectos que más allá de descalificar la prueba de cargo adjunta al proceso para demostrar que le asisten los derechos demandados, dicho tribunal, realiza aseveraciones graves al referir que en los períodos que reclamó el actor, habría trabajado para la Sub Prefectura de la Provincia Gran Chaco y que fraudulentamente reclamó a ENTAGAS, afirmando que la prueba ofrecida por el demandante fue extendida de favor, apreciaciones erróneas, porque en el proceso en ninguna de sus faces se demostró que el actor hubiera obtenido de forma fraudulenta la prueba aportada o que sea de favor, o que el juez hubiera vulnerado el principio de vedad material, hechos que reflejan que la resolución de alzada, no efectuó una correcta y adecuada compulsa de las pruebas cursantes en obrados, es decir, sin tomar en cuenta la ofrecida por la parte recurrente, la cual no fue objetada por el demandado
El referido auto de vista, motivó a Cruz Javier Torrez Zenteno, a interponer el recurso de casación en el fondo de fs. 607 a 608 vta., manifestando en síntesis:
Que el tribunal de alzada, incurrió en error de hecho y error de derecho, aduciendo que el fallo de alzada contiene aspectos que más allá de descalificar la prueba de cargo adjunta al proceso para demostrar que le asisten los derechos demandados, dicho tribunal, realiza aseveraciones graves al referir que en los períodos que reclamó el actor, habría trabajado para la Sub Prefectura de la Provincia Gran Chaco y que fraudulentamente reclamó a ENTAGAS, afirmando que la prueba ofrecida por el demandante fue extendida de favor, apreciaciones erróneas, porque en el proceso en ninguna de sus faces se demostró que el actor hubiera obtenido de forma fraudulenta la prueba aportada o que sea de favor, o que el juez hubiera vulnerado el principio de vedad material, hechos que reflejan que la resolución de alzada, no efectuó una correcta y adecuada compulsa de las pruebas cursantes en obrados, es decir, sin tomar en cuenta la ofrecida por la parte recurrente, la cual no fue objetada por el demandado
- En grado de apelación deducida por la institución demandada, adjunta a fs
- El referido auto de vista, motivó a Cruz Javier Torrez Zenteno, a interponer el recurso
- Sostuvo que consta en el proceso a fs
- Por otra parte resulta que a fs
- De todo lo expuesto se desprende que no se hizo una adecuada compulsa de la
- II.1 Fundamentos jurídicos del fallo
- En ese contexto, a fin de determinar si una relación de trabajo tiene las características
- En este marco, conforme establece el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 23570 de
- En este contexto, de la revisión de antecedentes procesales, se advierte que el actor a
- Ahora bien, toda vez que la parte demandante a tiempo de interponer su recurso de
- En el supuesto de determinar en el caso presente que no existió relación de dependencia
- Bajo estas premisas, se concluye que el auto de vista objeto del recurso de casación,
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez
