Auto Supremo AS/0527/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0527/2018

Fecha: 02-Oct-2018

Y, si bien, efectivamente el art

Y, si bien, efectivamente el art. 10 del DS Nº 28699 de 1 de mayo de 2016 no subordina el pago de los sueldos devengados a un juramento que certifique que el trabajador no percibió otro sueldo durante el período de cesantía, no es menos evidente que el oficio del juez no se reduce a una operación mecánica de aplicación de la ley; más al contrario, sus decisiones, en el marco del art. 178-I de la Constitución Política del Estado, tiene la función de impartir justicia