La controversia en el presente caso, radica en determinar si el Auto de Vista Nº
IV. ANÁLISIS DEL CASO CONCRETO
La controversia en el presente caso, radica en determinar si el Auto de Vista Nº 90 de 12 de abril de 2017 y Auto Complementario de 25 de abril de 2017, pronunciado por la Sala en Materia de Trabajo y Seguridad Social Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, aplicó correctamente los arts. 12 y 19 de la Ley General del Trabajo, sobre el incremento del 8% en el monto del salario indemnizable y sobre el supuesto error en la valoración de las pruebas que considerando la primacía de la realidad, demuestran que la demandante incurrió en falta gravísima de abandono de trabajo
La controversia en el presente caso, radica en determinar si el Auto de Vista Nº 90 de 12 de abril de 2017 y Auto Complementario de 25 de abril de 2017, pronunciado por la Sala en Materia de Trabajo y Seguridad Social Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, aplicó correctamente los arts. 12 y 19 de la Ley General del Trabajo, sobre el incremento del 8% en el monto del salario indemnizable y sobre el supuesto error en la valoración de las pruebas que considerando la primacía de la realidad, demuestran que la demandante incurrió en falta gravísima de abandono de trabajo
- Demandado: PROFESORES ASOCIADOS S.R.L
- Tramitado el proceso laboral, que pretende el pago de beneficios sociales y derechos laborales consistentes
- Interpuestos los recursos de apelación por la institución demandada (fs
- Maximiliano Isidoro Frydman Schulz en representación legal de PROFESORES ASOCIADOS S
- Petitorio
- En consideración de los argumentos expuestos por la institución recurrente, de acuerdo a la problemática
- Por su parte, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la Opinión Consultiva OC-16/99 de
- La controversia en el presente caso, radica en determinar si el Auto de Vista Nº
- Finalmente, en cuanto al supuesto error de hecho y de derecho en la valoración de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
