Petitorio
2.- Error de hecho y de derecho en la valoración de las pruebas; por cuanto el Auto de Vista carece de motivación sobre la ruptura del vínculo laboral; es poco serio establecer que hubo despido ante la falta de una invitación formal para el reinicio de clases; la demandante conocía que luego del receso colectivo iniciado el 13 de diciembre del 2013, estaba obligada a reincorporarse como profesora de inglés el 7 de enero de 2014; en consecuencia, aplicando la primacía de la realidad o verdad histórica de los hechos, la demandante no se presentó a su fuente laboral en la gestión 2014, incurriendo en una falta gravísima de abandono de trabajo, por lo que no corresponde el pago del desahucio, ni la multa del 30%.
Petitorio.- La institución recurrente peticiona casar totalmente el Auto de Vista de 12 de abril de 2017 y el Auto Complementario de 25 de abril de 2017; y, deliberando en el fondo, declarar improbada la demanda laboral en todas sus partes
Petitorio.- La institución recurrente peticiona casar totalmente el Auto de Vista de 12 de abril de 2017 y el Auto Complementario de 25 de abril de 2017; y, deliberando en el fondo, declarar improbada la demanda laboral en todas sus partes
- Demandado: PROFESORES ASOCIADOS S.R.L
- Tramitado el proceso laboral, que pretende el pago de beneficios sociales y derechos laborales consistentes
- Interpuestos los recursos de apelación por la institución demandada (fs
- Maximiliano Isidoro Frydman Schulz en representación legal de PROFESORES ASOCIADOS S
- Petitorio
- En consideración de los argumentos expuestos por la institución recurrente, de acuerdo a la problemática
- Por su parte, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la Opinión Consultiva OC-16/99 de
- La controversia en el presente caso, radica en determinar si el Auto de Vista Nº
- Finalmente, en cuanto al supuesto error de hecho y de derecho en la valoración de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
