Auto Supremo AS/0942/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0942/2018

Fecha: 01-Oct-2018

CONSIDERANDO III

Los demandados Ernesto Pañuni Marzo y Antonia Poma de Pañuni mediante memorial cursante de fs. 459 a 461 de obrados, contestan al recurso de casación interpuesto por el demandante, arguyendo que:
En el recurso de casación planteado por el recurrente se evidencia que él procedió a la venta del lote de terreno objeto de la presente demanda, empero argumenta de forma errada que los demandados aprovechándose de su edad cometieron error esencial en el contrato, aspecto que no fue comprobado al realizarse la venta hace más de 10 años atrás, además el recurrente argumenta la existencia de error esencial sobre el objeto del contrato citando los arts. 584 en relación al art. 521 ambos del Código Civil, manifestando que el actor a momento de la venta dio su consentimiento firmando y estampando su huella dactilar siguiendo los protocolos de una notaría de fe pública, por lo tanto la venta realizada fue de forma legal y de acuerdo a ley, aspecto que fue corroborado en sentencia y confirmado por el Auto de Vista.
Por lo que solicitan se infunde el recurso de casación.
CONSIDERANDO III:
DOCTRINA APLICABLE AL CASO
III.1. Del principio del error o falta propia