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    Auto Supremo AS/0954/2018
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0954/2018

    Fecha: 01-Oct-2018

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    • Distrito: Chuquisaca
    • CONSIDERANDO I
    • CONSIDERANDO II
    • 4
    • De la respuesta al recurso de casación
    • CONSIDERANDO III
    • En mérito al principio de congruencia, toda resolución debe reunir la coherencia procesal necesaria, que
    • Al respecto, este Supremo Tribunal de Justicia a través de sus diversos fallos (Autos Supremos
    • La Jurisprudencia Constitucional ha desarrollado asimismo el principio de congruencia en la Sentencia Constitucional Nº
    • En este entendido, se ha orientado a través del Auto Supremo Nº 304/2016 que citando
    • III.2. De la valoración de la prueba
    • José Decker Morales en su obra Código de Procedimiento Civil comentarios y concordancia señala que:
    • Así también, Víctor De Santo, en su obra “La Prueba Judicial” (Teoría y Práctica), indica:
    • El principio de comunidad de la prueba es: “La prueba no pertenece a quien la
    • En este marco este Supremo Tribunal a través de diversos fallos entre ellos el
    • III.3. De la motivación y fundamentación
    • Con respecto a la exigencia de la motivación y fundamentación de las Resoluciones como elemento
    • Esos entendimientos fueron adoptados también en otros fallos posteriores, como en la Sentencia Constitucional Plurinacional
    • III.4. De la conciliación
    • A respecto corresponde referir que este Tribunal en el Auto Supremo Nº 336/2013 de 5
    • Expuestos como están los fundamentos doctrinales que sustentan la presente resolución, a continuación corresponde considerar
    • 1
    • Sobre el particular diremos que de la compulsa de antecedentes y conforme la doctrina aplicable
    • En ese sentido, se observó la corrección procesal que realizó la Juez cuyo efecto fue
    • Es así que se infiere que el Auto de Vista es congruente con el recurso
    • Con relación a este punto se debe precisar que de la revisión del recurso de
    • Asimismo manifestó que la parte actora no cuenta con suficiente prueba que avale su pretensión
    • En ese entendido y teniendo presente la doctrina aplicable en el punto III
    • Por lo que se evidencia que al confirmar la sentencia el Tribunal de alzada comparte
    • 3
    • Con relación a este punto diremos que el mismo es reiterativo, siendo que conforme el
    • Sobre este agravio corresponde señalar conforme al caso de Autos se evidencia que mediante auto
    • Consiguientemente, y toda vez que las acusaciones expuestas en el recurso de casación no resultan
    • Regístrese, comuníquese y devuélvase
    • Relator: Mgdo. Dr. Juan Carlos Berrios Albizú.

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