Auto Supremo AS/0954/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0954/2018

Fecha: 01-Oct-2018

CONSIDERANDO I

VISTOS: El recurso de casación cursante de fs. 915 a 920 vta., interpuesto por Juana Callejas Ríos contra el Auto de Vista Nº 308/2017 de 9 de octubre, cursante de fs. 907 a 909, pronunciado por la Sala Civil y Comercial Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, en el proceso ordinario sobre Reconocimiento e Indemnización de Mejoras seguido por Agustina Callejas Ríos y la recurrente contra Teófila Callejas Ríos; el Auto de concesión de 16 de noviembre de 2017 cursante a fs. 923, el Auto Supremo de admisión del recurso cursante a fs. 927 y vta., los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
La Juez Publico Séptimo en lo Civil y Comercial de la ciudad de Sucre pronunció la Sentencia Nº 73/2017 de fecha 4 de agosto, cursante de fs. 872 a 879, declarando: IMPROBADA la demanda de fs. 149 a 152 y 154 de obrados formulado por Juana y Agustina ambas Callejas Ríos disponiéndose en consecuencia sin lugar al reconocimiento e indemnización de mejoras y PROBADA la demanda reconvencional de accion reivindicatoria y entrega de habitaciones de fs. 187 a 192 de obrados formulado por Teófila Callejas Ríos, disponiéndose en consecuencia haber lugar a la entrega de habitaciones que fueron ocupadas por Agustina Callejas Ríos, sin el consentimiento de Teófila Callejas Ríos, mismos que deben ser entregados a su propietaria en el plazo de 10 días de ejecutoriada la presente resolución