Auto Supremo AS/0972/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0972/2018

Fecha: 01-Oct-2018

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Sobre la documentación acusada, que no se cumpliría con el art. 6 de la Ley de inscripción a Derechos Reales se debe tomar en cuenta que a fs. 5, la parte actora adjunta matrícula de propiedad a nombre de Verónica Torrez Mamani, que describe su ubicación y características de individualidad del lote, el cual la otorga el derecho propietario y la publicidad conforme al art. 1538 del Código Civil, con referencia al terreno objeto de litis, si la parte demandada observa la legalidad del antecedente dominial de la propiedad de la actora, esta debió activar alguna acción para observar la legalidad de dicho antecedente dominial.
2. En lo concerniente a que el A quo en audiencia preliminar a momento de fijar el objeto de la prueba para los demandados, indicó: “1) que el título propietario del demandante no sería eficaz y no pudiera surtir efectos jurídicos en la causa, 2) todos los hechos expuestos a tiempo de contestar la demanda, 3) la existencia de hechos impeditivos, modificatorios o extintivos del derecho de la demandante”, los agravios descritos a momento de interponer el recurso de apelación si eran válidos, hecho que el Ad quem no valoró en forma correcta, ya que en realidad si eran parte del proceso y parte de la defensa de los recurrentes, empero dicha documentación (antecedente dominial de derecho propietario) se le otorgó posteriormente a la resolución del A quo, por lo que no pudo probarse antes que se dicte Sentencia