Auto Supremo AS/0987/2018-RI
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0987/2018-RI

Fecha: 05-Oct-2018

CONSIDERANDO II

CONSIDERANDO II:
DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
De la revisión del recurso de casación de fs. 621 a 622, interpuesto por Magaly Rojas Eguez por sí y en representación legal de Luis Fernando Rivero Mercado, se desprende que los recurrentes exponen como reclamos entre otros, los siguientes:
1.Al dictarse la resolución recurrida se ha realizado una incorrecta aplicación del art. 551 del CC porque la acción de nulidad puede ser interpuesta por cualquier persona que tenga interés legítimo y en el presente caso la suscrita apoderada en condición de esposa en la fecha de la firma de documento de reconocimiento de daños civiles estuvo ligada en matrimonio civil con el hoy su apoderado, lo que motivo que su persona interpusiera la demanda de nulidad de contrato contra la empresa demandada, que de manera inexplicable la Juez a quo rechazo, por falta de personería, motivo por el cual para estar a derecho y velar los intereses patrimoniales su ex esposo le otorgo poder amplio y suficiente