Auto Supremo AS/1031/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1031/2018

Fecha: 30-Oct-2018

III.1. Sobre el principio de comunidad de la prueba

Contestó el recurso manifestando que el actor tiene derecho propietario del 50% del inmueble objeto de litis, mismo que fue adquirido mediante venta judicial efectuado por el Juzgado Tercero de Partido Mixto y de Sentencia de la ciudad de Montero. Por lo que al inscribir dicho inmueble en oficinas de Derechos Reales se convirtió en co-propietario en lo pro indiviso adquiriendo los mismos derechos que el otro co-propietario, de usar, gozar, disfrutar y disponer de la cosa como reza el art. 105 del Código Civil, en concordancia con el art. 56 de la Constitución Política del Estado.
El actor refirió también que frente a las pruebas irrefutables producidas en el proceso, se demostró la imposibilidad de proceder a su cómoda división en función a prohibiciones legales y normas especiales del GAM-Montero.
En definitiva peticiona se declare infundado el recurso de casación en el fondo, por ser un mecanismo dilatorio al cumplimiento de la Sentencia.
CONSIDERANDO III:
DOCTRINA APLICABLE AL CASO
III.1. Sobre el principio de comunidad de la prueba