El recurso planteado por el demandante, no refiere nada sobre los agravios de fondo y
El recurso planteado por el demandante, no refiere nada sobre los agravios de fondo y de forma, y si bien los señalo de forma referencial no precisa nada frente a la disposición determinativa del Auto de Vista. Añade que la resolución del Tribunal de apelación, dentro el análisis de los pruebas aportadas, infirió que el A quo no valoró la misma conforme al precedente establecido en Auto Supremo Nº 676/2017 de 19 de junio, “asimismo el de hacer prevalecer y desarrollar y de sobremanera hacer valorar la prueba por las partes Art. 135- Pg. II y Art. 136. Pag. I y II del cdgo. Procesal Civil”
- Distrito: La Paz
- VISTOS: Los recursos de casación de fs
- José Antonio Maldonado Luna, al amparo de los arts
- -El año 2008, mediante Escritura Publica Nº 2362/2008 de 29 de septiembre, cedió al Gobierno
- -A finales del año 2004, su posesión fue interrumpida por Pablo Ninaja Nina quien construyó
- Matilde Patricia Callisaya Chávez, contesta la demanda señalando que por las Escrituras Públicas Nº 1547/2008
- -Con relación a los daños y perjuicios, el demandante a sabiendas de tener conocimiento que
- Wilfredo Quispe López, es declarado rebelde en el proceso por el Auto de 03 de
- -El año 1980 adquirió de Marcos Ninaja Rojas un lote de terreno de 4
- -Con relación al lucro cesante, señala que desde que fue despojado del bien, se vio
- Solicita en sentencia se declare probada su demanda y se ordene el pago indemnizatorio de
- Solicita se declare probada su demanda y se declare nula la Escritura Pública Nº 768/1980
- 3
- Al encontrarse demostrado la titularidad del demandante sobre la superficie de 3
- b)En cuanto a la acción por reparación de daños y perjuicios y la reconvención por
- Respecto a los daños y perjuicios, el demandante no ha demostrado con prueba idónea que
- CONSIDERANDO II
- a)No resulta lógico pretender que la Sentencia N° 84/2016 de 3 marzo de 2016 aplique
- b)El Auto de Vista al anular obrados y pretender que se emita una nueva sentencia
- c)El Auto de Vista debió ingresar fondo de la controversia y manifestarse sobre la nulidad
- d)Señala que los autos supremos son precedentes, más no jurisprudencia vinculante como la del Tribunal
- 1
- a)La sentencia cumplió con las reglas de admisibilidad de la prueba documental, la exclusión de
- b)Los documentos presentados por Wilfredo Quispe son antecedentes del predio, que no fueron admitidos, empero
- El Auto de Vista señala que la sentencia no tiene el suficiente fundamento porque considera
- a)El Auto de Vista no se pronuncia con relación a la apelación de la sentencia
- b)El Auto de Vista no resuelve sobre la interpretación restrictiva del art
- c)La Sentencia al declarar improbada la pretensión de la reparación de daño y perjuicios, transgrede
- Solicita se case el Auto de Vista y resolviendo en el fondo se declare a)
- RESPUESTA DE WILFREDO QUISPE LÓPEZ y MATILDE PATRICIA CALLISAYA CHÁVEZ AL RECURSO DE CASACIÓN
- a)El recurso planteado por José Antonio Maldonado Luna es confuso en sus fundamentos, dado que
- b)Señala que Marcos Ninaja Rojas jamás vendió el terreno pues al momento de la suscripción
- c)El Auto de Vista actuó conforme a ley al solicitar que el juez de la
- d)La documentación aportada por el demandante no coincidiría con el terreno objeto de litigio, asimismo,
- PETITORIO
- RESPUESTA DE PABLO NINAJA NINA AL RECURSO DE CASACIÓN
- El recurso planteado por el demandante, no refiere nada sobre los agravios de fondo y
- Solicita “se case la resolución No
- 2.RECURSO DE CASACIÓN DE MARTÍN NINAJA
- a)La interpretación errónea del principio de verdad material para determinar prueba legalmente excluida en la
- El Auto de Vista haría una interpretación equivoca con relación al principio de verdad material,
- b)La aplicación indebida de la ley respecto a la declaración de Nulidad del Auto de
- c)La aplicación indebida de los precedentes contravienen el principio de irretroactividad de la norma
- Refiere que el Auto de Vista, erróneamente señala que se aplique un precedente posterior a
- d)Interpretación restrictiva del artículo 1455 del Código Civil
- Señala que presentó prueba documental que indica la publicidad del derecho propietario y la tradición
- RESPUESTA DE JOSÉ ANTONIO MALDONADO LUNA AL RECURSO DE CASACIÓN
- RESPUESTA DE WILFREDO QUISPE LOPEZ AL RECURSO DE CASACIÓN
- a)Refiere que el recurso de casación, no hace referencia si se plantea en la forma
- CONSIDERANDO III
- 2.Del derecho a la impugnación
- En el Auto Supremo Nº 639/2013 de 11 de diciembre, se ha razonado lo siguiente:
- En el sistema recursivo, el de apelación tiene un papel preponderante porque es por excelencia
- En tal caso, la respuesta a la apelación debe ser debidamente motivada y fundamentada por
- Es así que, abierta la competencia del Tribunal de apelación, éste debe dirimir la problemática
- 3.Del principio de congruencia
- Se debe tener presente que toda Resolución debe cumplir con el principio de congruencia, es
- Sobre el particular, la Jurisprudencia Constitucional establece que las Resoluciones pronunciadas por los juzgadores de
- 4.Del derecho a la motivación y fundamentación
- La Sentencia Constitucional N° 2023/2010-R, ha concretado lo siguiente: “La garantía del debido proceso, comprende
- CONSIDERANDO IV
- El art
- En la especie, dentro la fundamentación plasmada en el Considerando III del Auto de Vista,
- Del examen del Auto de Vista, el Ad quem al anular la resolución de primera
- En ese marco, conviene recordar que el Tribunal de segunda instancia, conforme a sus facultades
- En conclusión, el Tribunal de Alzada al disponer la nulidad de obrados, ha infringido la
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Cumpliendo lo previsto por el art
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Juan Carlos Berrios Albizu.
