Auto Supremo AS/1045/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1045/2018

Fecha: 30-Oct-2018

En ese marco, conviene recordar que el Tribunal de segunda instancia, conforme a sus facultades

En ese marco, conviene recordar que el Tribunal de segunda instancia, conforme a sus facultades y en atención al principio de verdad material y de comunidad de la prueba, tiene la facultad de revaluar los hechos y las pruebas, e incluso en caso de considerar que existiese omisión en la valoración de la prueba, tiene la posibilidad de enmendar ello, revaluar de manera razonada, revocar el fallo y emitir nuevo en el fondo con el criterio que corresponda, pero en ningún caso y sin sustento legal concluir por anular obrados, señalando que existió una errónea valoración de la prueba para que se emita nueva resolución de primera instancia en total inobservancia de los principios de eficacia, eficiencia, y congruencia